El Gobierno aprueba prorrogar los beneficios de los ERTE

El Consejo de Ministros del pasado viernes 26 ha aprobado el acuerdo suscrito entre los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y los agentes sociales extender los beneficios de los ERTE hasta el próximo 30 de septiembre.

En el mismo se prevén beneficios en las cotizaciones de los trabajadores a la Seguridad Social, garantías para el mantenimiento del empleo.

A.- Exoneraciones de cuotas

1.- Empresas que están en situación de fuerza mayor parcial

a.- Las empresas con menos de 50 trabajadores tendrán una exoneración del 60% de las cotizaciones sociales de sus trabajadores activados en los meses de julio, agosto y septiembre y del 35% para los trabajadores que continúen suspendidos.

b.- Las empresas de 50 o más trabajadores tendrán una exoneración del 40% de las cotizaciones sociales para los trabajadores activados y del 25% para los no activados.

2.- Empresas que están actualmente en ERTE por fuerza mayor total

Estas empresas pasarán a ERTE de transición hasta el 30 de septiembre. Podemos distinguir dos situaciones:

a.- Las que cuentan con menos de 50 trabajadores.

Estas tendrán una exoneración decreciente en las cotizaciones de sus empleados del 70%, 60% y 35% en julio, agosto y septiembre, respectivamente.

b.- Las empresas de 50 y más trabajadores,

Estas tendrán una exoneración decreciente en las cotizaciones de sus empleados del 50%, 40% y 25%, en julio, agosto y septiembre, respectivamente.

B.- Obligaciones de las empresas

Las empresas que se acojan a las anteriores exoneraciones deben mantener el empleo durante un período de seis meses. Y mientras el ERTE se encuentre en vigor podrán efectuar despidos y tampoco podrán repartir dividendos.

Tampoco se permitirá que los trabajadoras de estas empresas no podrán realizar horas extra, ni se permitirá que se realicen nuevas contrataciones laborales, directas o a través de ETT.

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Belando Rubio
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