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Mediación

La mediación se plantea como  la gran alternativa a la vía judicial, siendo cada vez más importante esta institución, debido, entre otros motivos, al colapso de los órganos jurisdiccionales, se resuelven los conflictos en un breve periodo de tiempo, con un coste económico reducido, y. sobre todo, al alcanzar una solución pacífica de conflictos, se consigue reducir al mínimo las consecuencias que para la salud de las personas conlleva mantener un litigio ante los tribunales –generalmente de larga duración-, sobre todo cuando se están dilucidando temas familiares, divorcios, herencias. …. A todo ello debemos de añadir el correspondiente ahorro económico frente a los procedimientos ante los Tribunales.

El propósito que se pretende con la mediación es alcanzar un acuerdo satisfactorio para las partes, con la intervención del mediador, que preservará la igualdad de los intervinientes, siendo ellos mismos quienes proponen y logran un  acuerdo en el que vean cumplidas sus expectativas.  En las sesiones, nuestros mediadores fomentan el diálogo entre los intervinientes; garantizando siempre la confidencialidad.

En BELANDO-RUBIO, Abogados & Economistas nuestros clientes encuentran en la mediación una alternativa rápida para resolver sus conflictos sin romper ni deteriorar las relaciones con sus contrapartes y protegidos siempre por una total confidencialidad.

  • 1

    Mediación familiar. La mediación familiar es aquella que se ocupa de los conflictos derivados de los miembros que forman parte de una familia, desde las rupturas de la pareja (separaciones o divorcios) hasta las relaciones paternofiliales (custodia compartida) y otras acciones relacionadas con el parentesco (sucesiones, herencias).

  • 2

    Mediación comunitaria. La mediación comunitaria es la que se ocupa de la resolución de conflictos vecinales y sociales, entre personas del mismo barrio, municipio, etc.

  • 3

    Mediación mercantil. Trata las divergencias que encuentran los profesionales y las empresas en relación con su actividad económica.

  • Preguntas frecuentes sobre Mediación

    Puede consultar las preguntas más comunes aquí abajo.

    La mediación la puede solicitar cualquier persona mayor de edad, que tenga un conflicto y desee hallar una solución pacífica.

    La mediación se puede instar por todas las partes, o por una sola de ellas; en este caso el mediador se comunicaría con las otras partes, si estas aceptan la mediación se convocará a todas las partes a una primera sesión.

    ¿Qué diferencias existen entre la Mediación y el Arbitraje?

    Las dos figuras son procesos alternativos a los Tribunales, para resolver un conflicto entre varias partes.

    En la Mediación son las propias partes quienes proponen y logran un  acuerdo en el que vean cumplidas sus expectativas. El mediador no decide sólo fomenta el diálogo entre los intervinientes;

    En el Arbitraje, es el árbitro elegido (profesional experto en la materia, quien toma la decisión.

    Los acuerdos obtenidos en Mediación tiene plena eficacia legal; nos encontramos ante un contrato privado que tiene efecto vinculante entre las partes.

    Dicho acuerdo puede ser elevarlo a escritura pública, y adquiere fuerza de título ejecutivo.

    La mediación es voluntaria, las partes pueden finalizar el proceso cuando lo deseen sin acuerdo.

    Por haberse realizado una mediación sin acuerdo, no se ha perdido la posibilidad de acudir a los Tribunales a que solucionen el conflicto.

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