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Derecho de familia

En BELANDO-RUBIO, Abogados & Economistas contamos con abogados expertos en derecho matrimonial, de relaciones paterno-filiales y sucesorio.

Nuestro objetivo es prevenir los conflictos. pero ante el surgimiento de uno entre los miembros de la pareja o estos con sus descendientes, tratamos de encontrar la solución más eficaz, con el menor daño en las relaciones entre la pareja y entre ésta y sus hijos). La finalidad de nuestra intervención es solucionar los problemas pacíficamente, llegando a acuerdos entre las partes con el fin último de evitar acudir a los Tribunales.

En materia sucesoria en BELANDO-RUBIO, Abogados & Economistas, asesoramos de forma integral al cliente en la elaboración de testamentos así como en toda la tramitación de la herencia, tratando de evitar cualquier conflicto sucesorio y proponiendo la solución más favorable desde el punto de vista tributario.

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  • Preguntas frecuentes sobre Derecho de familia

    Puede consultar las preguntas más comunes aquí abajo.

    La fórmula ideal es que haya acuerdo entre las partes, porque ello implica la no ruptura de la paz social entre la pareja, tras el divorcio.

    En el caso de que no se produzca dicho acuerdo, se debe de acudir a los tribunales y será el juez quién atribuirá dicho uso a uno u otro exconyuge.

    Los criterios que habitualmente sigue el Juez, es adjudicar el uso de la vivienda familiar al progenitor a quien le corresponda la guarda de los hijos en común mientras dure dicha guradia y custodia. También puede atribuirla al exconyuge más necesitado de protección.

    Si el reparto es al 50%, no se beneficia a ninguno de los cónyuges. Dicha liquidación está sujeta pero exenta (se deben presentar los impuestos pero con cuota cero) del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y del Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana (el conocido popularmente como “plusvalía”).

    Toda persona mayor de edad (18 años) puede solicitar la inversión del orden de los apellidos (poner primero del de la madre y en segundo lugar el del padre) ante el Registro Civil de su domicilio. Una vez que se haya inscrito el cambio, se debe se solicitar una certificación del mismo para modificar todos los documentos de identificación personal ( DNI, carnet de conducir, pasaporte, etc.).

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