derecho-administrativo

Derecho administrativo

En BELANDO-RUBIO, Abogados & Economistas prestamos un servicio de asesoramiento preventivo, con el fin de que las actividades, de las personas y las empresas, estén sujetas a la legalidad administrativa y evitar respuestas sancionadoras de la Administración, así como de defensa legal frente actos de la propia Administración.

  • 1
    Recursos contra la administración: sanciones municipales, autonómicas y estatales.
  • 2
    Procedimientos contencioso-administrativos en primera instancia, recursos de apelación, casación y amparo.
  • 3
    Indemnizaciones por responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.
  • 4
    Derecho de función pública (funcionarios, personal estatutario, …)
  • 5
    Derecho Urbanístico, expropiaciones, expedientes de ruina...
  • Preguntas frecuentes sobre Derecho administrativo

    Puede consultar las preguntas más comunes aquí abajo.

    Si la caída ha sido como consecuencia del mal estado del pavimento de la calle, señales caías, arquetas o tapas de alcantarilla desprendidas o inexistentes, socavones…; y has sufrido lesiones o daños podrás reclamar ante la Administración.

    Para ello debes de contar con todas las pruebas posibles

    -Sacar fotos de la causa de tu caída: una losa partida, socavón, tapa de alcantarilla en mal estado, …

    -busca de un testigo que presenciase la caída y toma sus datos.

    -llama a la policía para que levanten el correspondiente atestado del suceso.

    -Acude a un centro médico para que determine el alcance y la gravedad de las lesiones.

    -Si has incurrido en algún gasto (reconocimientos médicos, medicamentos, sesiones de rehabilitación y fisioterapia,…) guarda todos los justificantes.

    En primer lugar se tratará de acordar una indemnización de mutua acuerdo entre la Administración y el particular expropiado (para ello hay un plazo de 15 días).

    Si no se llega a un acuerdo, se debe acudir al Jurado Provincial de Expropiación. El propietario dispondrá de un plazo de 20 días para presentar una hoja de aprecio (documento donde fija el valor que estima del objeto a expropiar, apoyándose para las valoraciones en un informe pericial).

    El jurado decidirá sobre el justiprecio en el plazo de ocho días, mediante una resolución administrativa motivada y el particular expropiado, en caso de disconformidad con el justiprecio acordado, podrá recurso contencioso administrativo.

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